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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37184
Fecha: 2005-12-06
Carátula: ARAQUE Liliana Josefa c/GIACONI Juan Eduardo y otro S/ Sumario
Descripción: Contesta demanda-cita en garantia
//neral Roca, 06 de DICIEMBRE de 2005._
Por presentado, parte y con domicilio.
Téngase por contestada la demanda en legal tiempo y forma por JOSE HERNAN CUNDARI.
Téngase presente lo manifestado y a la reconvención deducida, previamente intímese al presentante para que dentro del término de tres días abone impuesto de justicia sellado y contribución, todo ello bajo apercibimiento de tenerla por desistida.-NOT.-
De la documental adjuntada, traslado. NOT
Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 118 de la Ley 17.418, cítese en garantia a La Mercantil Andina Seguros SA a fin de que se presente a hacer valer los derechos acordados por la citada ley en el término de VEINTIUN días, a cuyo fin y para su notificación líbrese CEDULA DIRECTA LEY 22.172 a MENDOZA.-
La cédula para la notificación ordenada precedentemente deberán ser despachada en el término de CINCO días bajo apercibimiento de tener a la parte por desistida de dicha citación. Not.
Depositese en caja fuerte la documental adjuntada.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: de haberse depositado doc.original fs. 46/56.CONSTE.
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Poder Judicial de Río Negro