Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37184

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-06

Carátula: ARAQUE Liliana Josefa c/GIACONI Juan Eduardo y otro S/ Sumario

Descripción: Contesta demanda-cita en garantia

//neral Roca, 06 de DICIEMBRE de 2005._

Por presentado, parte y con domicilio.

Téngase por contestada la demanda en legal tiempo y forma por JOSE HERNAN CUNDARI.

Téngase presente lo manifestado y a la reconvención deducida, previamente intímese al presentante para que dentro del término de tres días abone impuesto de justicia sellado y contribución, todo ello bajo apercibimiento de tenerla por desistida.-NOT.-

De la documental adjuntada, traslado. NOT

Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 118 de la Ley 17.418, cítese en garantia a La Mercantil Andina Seguros SA a fin de que se presente a hacer valer los derechos acordados por la citada ley en el término de VEINTIUN días, a cuyo fin y para su notificación líbrese CEDULA DIRECTA LEY 22.172 a MENDOZA.-

La cédula para la notificación ordenada precedentemente deberán ser despachada en el término de CINCO días bajo apercibimiento de tener a la parte por desistida de dicha citación. Not.

Depositese en caja fuerte la documental adjuntada.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: de haberse depositado doc.original fs. 46/56.CONSTE.

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Poder Judicial de Río Negro