Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 13574-174-05

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-06

Carátula: EMERGENCIA MEDICA PRIVADA S.A. / DEL SOL S.A. S/ MEDIDA CAUTELAR S/ INC. SUSTITUCION CAUTELAR

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:13574-174-05

Tomo: 7

Auto Interlocutorio:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 6 DE DICIEMBRE DE 2005

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “EMERGENCIA MEDICA PRIVADA S.A. C/DEL SOL S.A. (MEDIDA CAUTELAR) S/INCIDENTE SUSTITUCION CAUTELAR”, expte. nro.13574-174-05 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO: Que a los fines de mejor proveer, se considera necesario tener a la vista los autos principales.

- - -Por eso la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

- - -RESUELVE: I) REQUERIR del Juzgado Civil n° 3 la remisión de los autos principales.

- - -II) INTERIN interrúmpase el plazo para fallar.

- - -III) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro, protocolización y oportuno nuevo cómputo de plazos para fallar.

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Poder Judicial de Río Negro