Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39506

N° Receptoría:

Fecha: 2010-11-02

Carátula: FAJARDO CASTRO Jose Alberto y Otra c/SCUADRONI Luis Alberto S/ Consignación (Ord.)

Descripción: Audiencia Prueba//Fija audiencia

Autos: "FAJARDO CASTRO Jose Alberto y Otra c/SCUADRONI Luis Alberto S/ Consignación (Ord.)" (Expte. Nro. 39506)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 2 de noviembre de 2010, a las 8,50 horas, comparecen ante SS, el Sr. José Alfredo Fajardo Castro y Paola Ninette Fajardo Aravena con la asistencia de su letrado patrocinante Dr. Andrés Amadini, y el Sr. Luis Alberto Scuadroni con la asistencia de su letrado apoderado Dr. Sergio Santiago Espul .Abierto el acto se deja constancia que para la audiencia de prueba del día de la fecha comparecen en calidad de testigos los Sres. JUAN MARCELO NUÑEZ DNI 24.145.308, nacionalidad argentino, estado civil soltero, ocupación empleado, domicilio en Nueve de Julio 197 de la ciudad de Villa Regina.- ROLANDO ALEXIS FAJARDO GARCIA DNI 92.524.917, nacionalidad chileno, estado civil soltero, ocupación productor, domicilio en Brounw 507 de la ciudad de Villa Regina. El actor desiste de los testigos SANTIAGO ANTONIO HERNANDEZ y PATRICIO EDUARDO FAJARDO GARCÍA, y a la vez el demandado desiste de las confesionales de los actores. En este estado el Dr. Espul solicita se fije audiencia para la declaración de los Dres. Tempone y Mones. Se pasa entonces a la confesional del Sr. LUIS ALBERTO SCUADRONI. No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

//neral Roca, 02 de noviembre de 2010.-

Para la declaración testimonial de los Dres. GRACIELA TEMPONE y HERNAN MONES, fíjase la audiencia del día 18 de Febrero de 2011 a las 8.30 horas, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes . Notifíquese con transcripción del art. 431 del CPC.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro