Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0938/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-10-28

Carátula: LINARES FELIX ALBERTO C/ SINDICATO DE TRABAJADORES VIALES PROVINCIALES DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO

Descripción: fija primera audiencia

EXPTE. Nº 0938/2010

CARATULA: LINARES FELIX ALBERTO C/ SINDICATO DE TRABAJADORES VIALES PROVINCIALES DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO

Viedma, octubre de 2.010.-

I.- Por presentado acuerdo.-

Siendo criterio de este Juzgado la improcedencia de homologación de acuerdos parciales por cuanto no ponen fin al litigio generando situaciones procesales de compleja resolución y teniendo en cuenta que en autos aún no ha sido trabada la litis habiéndose resuelto sólo respecto de medidas cautelares, en este caso en particular, de manera excepcional y a sólo efecto de contribuir a la solución del conflicto generado en la adjudicación de las viviendas en cuestión el que resulta de público y notorio conocimiento, sin perjuicio del alcance del poder acompañado, fíjase primera audiencia a los fines de su ratificación a la que deberá comparecer la parte actora cualquier día hábil dentro del horario de 8.00 a 12.00 horas munida de su documento de identidad. Notifíquese.-

II.- Al pedido de suspensión de la acción promovida contra el Sindicato, hágase lugar por el término de 90 días (conf. args. art. 157 del CPCC).-

III.- Atento el estado de autos y constancias de la causa, a la regulación de honorarios peticionada, oportunamente.-

Rosana Calvetti

Juez

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