Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0504/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-12-05

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ VON HOLTUN ANA NOEMI Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: prov

EXPTE. N° 0504/2005

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ VON HOLTUN ANA NOEMI Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, diciembre de 2005.-

Agréguese.-

Atento la naturaleza de la presente acción y dado que no resulta procedente la notificación bajo responsabilidad de la parte atento las características y efectos del traslado de demanda, a lo solicitado no ha lugar.-

En consecuencia, tiénese presente el domicilio denunciado y líbrese nueva cédula a los fines del traslado de la demanda dispuesto a fs. 85, debiéndose efectuar la diligencia de conformidad a las disposiciones de los arts. 339 y 141 del C.Pr.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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