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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0504/2005
Fecha: 2005-12-05
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ VON HOLTUN ANA NOEMI Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: prov
EXPTE. N° 0504/2005
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ VON HOLTUN ANA NOEMI Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, diciembre de 2005.-
Agréguese.-
Atento la naturaleza de la presente acción y dado que no resulta procedente la notificación bajo responsabilidad de la parte atento las características y efectos del traslado de demanda, a lo solicitado no ha lugar.-
En consecuencia, tiénese presente el domicilio denunciado y líbrese nueva cédula a los fines del traslado de la demanda dispuesto a fs. 85, debiéndose efectuar la diligencia de conformidad a las disposiciones de los arts. 339 y 141 del C.Pr.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro