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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0647/2008
Fecha: 2010-10-25
Carátula: GARCIA JOSE LUIS C/ LLANCAPANI MARIA JOSE REBECA S/ DESALOJO
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA -SUMARISIMOS- AUTOS PARA ALEGAR
EXPTE. Nº 0647/2008.-
CARATULA: GARCIA JOSE LUIS C/ LLANCAPANI MARIA JOSE REBECA S/ DESALOJO.-
C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 214 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PRUEBA ACTORA (Garcia)
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INFORMATIVA: A HIPARSA a fs. 116/125.-
PRUEBA DEMANDADA (Llancapani):
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
DOCUMENTAL EN PODER DE TERCERO: Al sr. Rubén Alberto, intimación a fs. 86.-
INFORMATIVA: 1) A la Dirección de Empresas Públicas del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río Negro a fs. 72/80, a la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación a fs. 135/144, a la Contaduría General a fs. 127/133, a la Fiscalía de Estado a fs. 151/157 y a la Secretaría de Empresas Pública y Relaciones institucionales a fs. 169/175. 2) Al Secretario de Empresas Públicas de la Provincia de Río Negro a fs. 203/204. 3) Al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Río Negro a fs. 181. 4) Al Presidente del Directorio de la empresa HIPARSA a fs. 109/115. 5) A la Sindicatura General de Empresas Públicas a fs. a fs. 158/168. 6) A la Municipalidad de Sierra Grande a fs. 193/196. 7) A las empresas prestadoras de servicios de luz y gas a fs. 184/186 y a fs. 95/100, respectivamente.-
TESTIMONIAL: De la Sra. Elda Ester Ñancuche, registrado de manera audiovisual (filmación), bajo el nº TV090908_1257-001.avi (fs. 149) y de la sra. María Elena Justo registrado de manera audiovisual (filmación), bajo el nº TV090901_1006_001.avi (fs. 103).-
SECRETARIA, octubre de 2.010.-
e.z
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
Viedma, octubre de 2.010.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 486, inciso 5 del C.Pr.. Notifíquese.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro