Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0062/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-10-25

Carátula: BUSTAMANTE JORGE ALBERTO C/ IRIGOYEN MIGUEL ANGEL S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RIO NEGRO

PODER JUDICIAL

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C E D U L A

Señor: MIGUEL ANGEL IRIGOYEN -Dr. Gaspar Platino

Domicilio: Laprida 155 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "BUSTAMANTE JORGE ALBERTO C/ IRIGOYEN MIGUEL ANGEL S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) ", Expte. Nº 0062/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, octubre 19 de 2.010.- Atento lo peticionado, a los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 17 de febrero de 2.011 a las 10 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial los Sres. Alcides Pinazo, Ivan Romero y Rodolfo Cufré, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 24 de febrero de 2.011 a las 11 horas horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.- Notifíquese a las partes por Secretaría la presente providencia, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de octubre de 2010.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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