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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0062/2009
Fecha: 2010-10-25
Carátula: BUSTAMANTE JORGE ALBERTO C/ IRIGOYEN MIGUEL ANGEL S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RIO NEGRO
PODER JUDICIAL
___________
C E D U L A
Señor: MIGUEL ANGEL IRIGOYEN -Dr. Gaspar Platino
Domicilio: Laprida 155 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "BUSTAMANTE JORGE ALBERTO C/ IRIGOYEN MIGUEL ANGEL S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) ", Expte. Nº 0062/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, octubre 19 de 2.010.- Atento lo peticionado, a los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 17 de febrero de 2.011 a las 10 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial los Sres. Alcides Pinazo, Ivan Romero y Rodolfo Cufré, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 24 de febrero de 2.011 a las 11 horas horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.- Notifíquese a las partes por Secretaría la presente providencia, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de octubre de 2010.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro