Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15832-026-10

N° Receptoría:

Fecha: 2010-10-25

Carátula: CARRASCO DOMINGO LISANDRO / U.P.C.E.F.E. S/ COBRO DE PESOS

Descripción: medida, vista fiscal de camara

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15832-026-10

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

San Carlos de Bariloche, 25 de octubre de 2010.-

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “CARRASCO DOMINGO LISANDRO C/U.P.C.E.F.E. S/ COBRO DE PESOS”, expte. nro. 15832-026-10 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO: 1.- Que previo a resolver, a los fines de que se expida sobre la competencia en los presentes, corresponde correr vista al sr. Fiscal de Cámara. Ello como medida para mejor proveer. (conf. art. 36 CPCC).

- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL 

- - -RESUELVE: I) Correr vista al sr. Fiscal de Cámara a fin de que se expida sobre la competencia. Interin, interrúmpase el plazo para fallar y resérvense los votos emitidos.

- - -II) REGISTRAR, notificar y protocolizar lo aquí resuelto.

 

 

LUIS MARIA ESCARDO               EDGARDO JORGE CAMPERI         HORACIO CARLOS OSORIO

  Juez de Cámara                    Juez de Cámara                   Juez de Cámara

 

 

 

 ANTE MI:

                                   ANGELA ALBA POSSE

                           Secretaria de cámara  

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