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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39071
Fecha: 2010-10-25
Carátula: GONZALEZ Eduardo S/ Sucesión
Descripción: Regulación
//neral Roca, 25 de OCTUBRE de 2010.=
Téngase presente la conformidad de Rentas y por oblados el impuesto de justicia, sellados y contribuciones.
Proveyendo el escrito de fs. 40, Regulo los honorarios del Dr. Sebastián O. Rey en la suma de $ 1.170.- a cargo de los herederos y en la suma de $ 585.- a cargo de la cónyuge supérstite.- (M.B. $ 16.700.- arts. 6, 7 y 19 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro