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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37291
Fecha: 2010-10-22
Carátula: MUNICIPALIDAD VILLA REGINA c/SANCHEZ Francisco R. y otra S/ Ejecutivo
Descripción: embargo
//neral Roca, 22 de OCTUBRE de 2010.-
Atento lo peticionado y las constancias de fs. 304 y 434/5, líbrese oficio al Banco Rio Negro SA a fin de que trabe embargo sobre los montos a percibir en cuenta corriente, caja de ahorro, plazo fijo, cuenta títulos o cualquier otro tipo de activo financierdo de la demandada Municipalidad de Villa Regina, hasta cubrir la suma de $ 693,70.- en concepto de capital de acuerdo con lo resuelto a fs. 452/3, con más la de $ 300.- que se presupuestan para costas. Los fondos deberán depositarse y/o transferirse a la cuenta de autos del Banco de Río Negro SA, sucursal local y a la orden del Tribunal.-
Con respecto al embargo ordenado sobre los fondos de la Municipalidad, el mismo no podrá superar el 10% (-art. 1ro. ley 2912/95- en fondos de co-participación, regalías y los montos que perciben en concepto de tasas y servicios ).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro