Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 19167IV

N° Receptoría:

Fecha: 2010-10-20

Carátula: FUENTES Manuel J. c/Sucesores Domingo SURA S/ Escrituración

Descripción: Agréguese

//neral Roca, 20 de OCTUBRE de 2010.=

Agréguese y previo a la aprobación de la cesión, deberá acompañarse libre inhibiciones del cedente.

Asimismo y atento el estado de autos, acompáñese valuación fiscal del inmueble, a los fines de la regulación de honorarios y posterior conformidad de Caja Forense y Rentas.

Al punto II, estése a lo ordenado precedentemente.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro