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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38280
Fecha: 2010-10-20
Carátula: BANCO MACRO S.A. c/CALLFUL Néstor Eduardo S/ Ejecutivo
Descripción: regulación
General Roca, 20 de octubre de 2010.s-
Atento el estado de autos, al sólo efecto regulatorio, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la regulación de fs. 161 por la suma de $ 10.849,35 al 11.06.2008.-
Regulo los honorarios complementarios del Dr. Fabrizio Bertolino en la suma de $ 42.- en forma proporcional conforme sentencia de fs 37. (M.B. $ 1.151,20 -correspondiente a intereses de capital-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro