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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32574III
Fecha: 2005-12-05
Carátula: JARA Graciela del C. c/GARCÍA Jorge A. S/ Alimentos (Def.)
Descripción: EMBARGOS-a Gaya
//neral Roca, 5 de DICIEMBRE de 2005._
Agréguese y téngase presente lo manifestado.
Líbrese oficio a la empleadora a fin de que trabe embargo sobre el 30 % -acuerdo de fs. 16 de los haberes a percibir por el demandado alimentos con más las asignaciones familiares y/o escolaridad que corresponde a sus hijos Carlos Jorge Hernán, Braian Jorge Ariel y Jeremías Andrés Garcia. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro