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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 13070-006-04
Fecha: 2005-12-05
Carátula: TORRES CANALES, JUAN / PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS
Descripción: intimac. art. 287
Expediente Nro.13070-006-04
San Carlos de Bariloche, 5 de diciembre de 2005
A fs.509/510: Atento al escrito en vista: Intímase a su presentante a acompañar copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos, dentro del 5to. día de notificado, bajo apercibimiento de ley (art. 287 del C.P.C.C.). Notifíquese.-
Asimismo, intímase al mismo, a acompañar copia de su presentación dentro del tercer día de notificado, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 120 del C.P.C.C.-
A fs. 511: Por ratificada gestión.-
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro