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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0157/2009
Fecha: 2010-10-15
Carátula: PEREZ SEGUNDO LEONCIO Y OTRA C/ CAMPOS BENEDICTO PASCUAL S/ SUMARISIMO - DAÑOS Y PERJUICIOS
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA -SUMARISIMOS- AUTOS PARA ALEGAR
EXPTE. Nº 0157/2009.-
CARATULA: PEREZ SEGUNDO LEONCIO Y OTRA C/ CAMPOS BENEDICTO PASCUAL S/ SUMARISIMO - DAÑOS Y PERJUICIOS.-
C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 89 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PARTE ACTORA (Perez - Rodriguez)
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INFORMATIVA: 1) A la Sociedad Rural de General Conesa a fs. 62. 2) Al Hotel "Termas Los Gauchos", Villalonga, a fs. 65.-
TESTIMONIAL: Del sr. David Oñate se la tuvo por desistida a fs. 84 y del sr. David Oñate registrado de manera audiovisual (filmación), bajo el nº TV100817_1256_001.avi (fs. 87).-
SECRETARIA, octubre de 2.010.-
e.z
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
Viedma, octubre de 2.010.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 486, inciso 5 del C.Pr.. Notifíquese.-
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Poder Judicial de Río Negro