Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0157/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-10-15

Carátula: PEREZ SEGUNDO LEONCIO Y OTRA C/ CAMPOS BENEDICTO PASCUAL S/ SUMARISIMO - DAÑOS Y PERJUICIOS

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA -SUMARISIMOS- AUTOS PARA ALEGAR

EXPTE. Nº 0157/2009.-

CARATULA: PEREZ SEGUNDO LEONCIO Y OTRA C/ CAMPOS BENEDICTO PASCUAL S/ SUMARISIMO - DAÑOS Y PERJUICIOS.-

C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 89 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PARTE ACTORA (Perez - Rodriguez)

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

INFORMATIVA: 1) A la Sociedad Rural de General Conesa a fs. 62. 2) Al Hotel "Termas Los Gauchos", Villalonga, a fs. 65.-

TESTIMONIAL: Del sr. David Oñate se la tuvo por desistida a fs. 84 y del sr. David Oñate registrado de manera audiovisual (filmación), bajo el nº TV100817_1256_001.avi (fs. 87).-

SECRETARIA, octubre de 2.010.-

e.z

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

Viedma, octubre de 2.010.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 486, inciso 5 del C.Pr.. Notifíquese.-

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Poder Judicial de Río Negro