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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40185
Fecha: 2010-10-15
Carátula: LAPUENTE Victor S/ Sucesión (Ex 1758-XI-06)
Descripción: REGULACION
//neral Roca, 15 de OCTUBRE de 2010.=
Proveyendo el escrito de fs. 88, téngase presente.
Proveyendo el escrito de fs. 89, por las tres etapas cumplidas, regulo los honorarios del Dr.Hugo Roberto Lapuente en la suma de $ 2.380.- a cargo de los herederos y en la suma de $ 1.190.- a cargo de la cónyuge supérstite. (M.B. $ 34.000.- arts. 6, 7, 24 y 43 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro