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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0685/2005
Fecha: 2005-12-02
Carátula: KRIGER JUAN PEDRO S/ SUCESION S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: INICIA EJECUCION DE HONORARIOS
EXPTE. Nº 0685/2005.-
CARATULA: KRIGER JUAN PEDRO S/ SUCESION S/ EJECUCION DE HONORARIOS.-
Viedma, diciembre de 2005.-
Por presentado, parte y por constituido el domicilio. Agréguese la documentación acompañada y teniendo a la vista las actuaciones principales (Expte. 0933/00/5) certifíquese la misma por Secretaría.-
Por iniciada ejecución de honorarios (art. 500 inc. 3 del Código Procesal Civil y Comercial).-
En los términos del art. 502 primer párrafo del código citado, trábese embargo sobre los derechos y acciones de detentan los ejecutados, sres. María Valla y Juan Carlos Kriger, con relación al inmueble designado catastralmente como: 18-1-A-252-13 distribuido a su favor conforme partición aprobada en los autos caratulados: Kriger Juan Pedro s/ Sucesión (Expte. 0933/00/5), hasta cubrir las sumas de $ 3.021,21 en concepto de honorarios, con más la suma de $ 800 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin, tómese razón por Secretaría en el mencionado sucesorio.-
Fecho y en los términos del art. 505 del C.P.C.C., cítese de venta a los ejecutados para que en el término de 5 días opongan y prueben excepciones. Notifíquese.-
Déjase constancia de la iniciación del presente trámite en los autos principales.-
e.z
Alejandro J.E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse dado cumplimiento con lo ordenado precedentemente. Conste.-
Secretaría, diciembre de 2005.-
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Poder Judicial de Río Negro