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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 28437IV
Fecha: 2010-10-14
Carátula: PECHE Claudia Patricia C/HERNANDEZ Carlos Haroldo S/ Alimentos
Descripción: Oficio
General Roca, de OCTUBRE de 2010.
Sres.
I.PRO.S.S. -Instituto Provincial del Seguro de Salud-
G E N E R A L R O C A
OFICIO Nº
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "PECHE CLAUDIA PATRICIA C/HERNANDEZ CARLOS HAROLDO S/ALIMENTOS" (Expte. 28.437-IV-95) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III a cargo de la Dra. SUSANA TERESA BURGOS, Secretaría Ùnica a mi cargo, sito en calle San Luis 853, 2º piso de ésta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que, por su intermedio y por donde corresponda, procedan al levantamiento de embargo de haberes del demandado Sr. CARLOS HAROLDO HERNANDEZ DNI 14.389.038, que fuera ordenado en su oportunidad mediante oficio N° 1076 del 09-08-95. La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 13 de octubre de 2010.- ... procédase al levantamiento de embargo de haberes ordenado a fs. 14 a cuyo fin ofíciese a la empleadora. Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro