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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0181/2009
Fecha: 2010-10-08
Carátula: ZARZOSA CRISTIAN HORACIO C/ ZARZOSA GABRIEL MATIAS Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: APELA HONORARIOS
EXPTE. Nº 0181/2009
CARATULA: ZARZOSA CRISTIAN HORACIO C/ ZARZOSA GABRIEL MATIAS Y OTRO S/ ORDINARIO
Viedma, octubre de 2.010.-
Al escrito de fs. 110:
Toda vez que el recurso de aclaratoria no procede contra providencias como la obrante a fs. 109, a lo solicitado, no ha lugar, debiendo estarse a lo allí dispuesto.-
Sin perjuicio de ello estése a la imposición de costas efectuada a fs. 104, a lo que surge del acta de fs. 108 y a lo dispuesto a fs. 109.-
Por interpuesto recurso de apelación. Concédase el mismo con los alcances del art. 244 del C.Pr..-
De la fundamentación, córrase traslado a la contraria por el término de ley.-
Proveyendo a fs. 111:
Agréguese.-
Cúmplase con las restantes notificaciones ordenadas a fs. 109.-
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Poder Judicial de Río Negro