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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 24877/10
Fecha: 2010-10-07
Carátula: C.E.B. C/ E.P.R.E. S/ MEDIDA CAUTELAR DE NO INNOVAR S/ APELACIÓN
Descripción: vista Proc.Gral.
Expte.N° 24877/10-STJ-
SEÑOR PRESIDENTE:
Paso a despacho las presentes actuaciones, informando a Ud. que el señor Presidente de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de la Tercera Circunscripción Judicial con asiento de funciones en la ciudad de San Carlos de Bariloche, ha concedido a fs.477 en relación y con efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto a fs. 472 por la Dra. Paula Romera, en su carácter de gestor procesal en representación de la Cooperativa de Electricidad Bariloche Ltda., ratificado a fs. 476, contra el Auto Interlocutorio nro. 497 obrante a fs.471, fundamentado a fs. 478/480 y ratificado a fs. 481 y contestado a fs.483/484 por el Dr. Roberto Stella, apoderado de la Pcia. de Río Negro. CONSTE.-
Secretaría, 4 de octubre de 2010.-
Fdo.: GUSTAVO GUERRA LABAYEN SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
///MA, 7de octubre de 2010.-
-----Por recibidos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----A fin de que se expida sobre la apelación deducida y fundada en autos, pasen las actuaciones en vista a la señora Procuradora General (art.11 Ley K Nº 4199).-
al.-
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
EN FECHA de octubre de 2010 CORRI LA VISTA ORDENADA PRECEDENTEMENTE. CONSTE.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro