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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0497/2010
Fecha: 2010-10-07
Carátula: CESPEDES NARCISO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: no ha lugar rec. apel. - traslado
EXPTE. Nº 0497/2010
CARATULA: CESPEDES NARCISO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Viedma, octubre de 2.010.-
Atento lo dispuesto en el art. 81 del C.Pr. al recurso interpuesto no ha lugar.-
Agréguese la documental acompañada. De la misma y de lo manifestado, córrase traslado a los litigantes contrarios por el término de ley y a la Dirección General de Rentas. Notifíquese conjuntamente con la sentencia dictada a fs. 178/179.-
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Poder Judicial de Río Negro