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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36587
Fecha: 2005-12-02
Carátula: MUÑOZ Nelly c/MIQUELARENA Antonio Guillermo S/ Sumario
Descripción: audiencia
En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, siendo las 9,30 hs. del día 02 de diciembre de 2005, comparece ante mi Secretaria Autorizante el Dr. Sergio D¨Agnillo en el caracter de apoderado de la parte actora.- Abierto el acto comparece una persona citada como testigo, quien previo juramento de ley que presta en legal forma, dijo ser y llamarse, DANIEL JULIO PEREZ, D.N.I,. Nª 10.103.247 que exhibe en el acto, argentino, separado, comerciante y funcionario municipal, con domicilio real en San Juan 1657 de General Roca, quien declara a tenor del pliego obrante a fs. .. 1)... CONTESTO: Conoce a la Sra. Muñoz porque en una oportunidad fui a comprar la chacra por intermedio de unos amigos, hace muchos año en el 90 y algo, y al Sr. Miquelarena lo conoce porque yo tenia un galpon de empaque en la calle Alsina y fue a venderme fruta de industria, no recuerdo bien.- Las demas no le comprenden.- 2)... CONTESTO: SI, lo sabe porque en esa oportunidad que el comentaba que Miquelarena pasa por el galpon de empaque me comento que habia comprado la chacra de Muñoz.- 3)... CONTESTO: NO era un valor algo de 20.000 pesos, o algo mas, no recuerdo el valor exacto.- me llamo la atencion de las condiciones que me la vendia, en ese momento no podia acceder, y por Miquelarena me entere el valor y que los pagos eran en cuotas.- 4)... CONTESTO: se remite a lo expuesto, y que en ese momento no la habia terminado de pagar tampoco, estoy hablando del 98.- 5)... CONTESTO: Se que no.- lo sabe porque yo he ido a la chacra porque yo trabajaba con mi hermano en el 2001, en una empresa de redes de gas, hace redes de gas para camuzzi, y la casa que esta por la calle Alsina tiene algo de cien o ciento y pico de metros desde Alsina hasta la casa y queria instalar el gas y por eso, en esa oportunidad estuve en la chacra para ver que arreglos habia que hacer y el valor que salia la red y me entere que ella siempre siguio viviendo en la chacra pero que no se la habian terminado de pagar.- 6)... CONTESTO: NO LO SE.- 7)... CONTESTO: SI.- 8)... CONTESTO: no lo se, se que habia otra personas pero no se quien era.- 9)... CONTESTO: de lo que tenia, de las plantaciones que tenia no se si queda la mitad porque habia levantado las plantas de la calle transversal a la Alsina.- Ahi habia variedades nuevas como Royal Gala, plantas jovenes.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firman los comparecientes por ante mi de lo que doy fe.-
Acto seguido y ante las mismas partes comparece una persona citada como testigo, quien previo juramento de ley que presta en legal forma, dijo ser y llamarse, ALEJANDRO RUBEN PAOLELLA, D.N.I. Nª 22.586.136, que exhibe en el acto, argentino, soltero, empleado, con domicilio real en Urquiza 1843 de General Roca, quien declara a tenor del pliego obrante a fs. 133.- 1)... CONTESTO: conoce a la Sra. Muñoz hace mas de diez años por un amigo que iba a comprarle fruta, en esa epoca era ayudante de camionero.- A Miquelarena lo conoce por dichos de la SRa. que le habia comprado la chacra.- Las demas no le comprenden.- 2)... CONTESTO: yo me acuerdo en esa epoca que ibamos a buscar la fruta, siempre nos contaba ese tema que le habia vendido la chacra y ese sr. no se la habia terminado de pagar, por eso ella se mantenia en la chacra.- 3).. CONTESTO: No no me acuerdo, se que le habian dado una pequeña porcion del precio, pero en plata no se cuanto fue.- 4)... CONTESTO: No, lo que yo escuche es que la habia vendido, nada mas.- 5)... CONTESTO: SI SE que no le pagaron le dieron una parte pero el grueso no, de eso se quejaba.- 6)... CONTESTO: No recuerdo.- No se tampoco en esa epoca que signo habia.- 7)... CONTESTO: si.- Me entere hace tres años.- 8)... CONTESTO: CREO QUe estuvo el Sr. este, que supuestamente la habia comprado.- eso es lo raro.- 9)... CONTESTO: esta abandonada.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firman los comparecientes por ante mi de lo que doy fe.-
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Poder Judicial de Río Negro