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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 28437IV
Fecha: 2010-10-07
Carátula: PECHE Claudia Patricia C/HERNANDEZ Carlos Haroldo S/ Alimentos
Descripción: intima.devol.exptes.
INFORMO: que los autos de marras se encuentran retirados por el estudio del Dr. La Pusata desde el 08-11-1995.
Secretaría, 07 de OCTUBRE de 2010.=
//neral Roca, 07 de OCTUBRE de 2010.=
Intímese al Dr.Roque La Pusata para que en el primer día hábil posterior al de la presente haga efectiva devolución de los autos caratulados “PECHE CLAUDIA PATRICIA C/HERNANDEZ CARLOS HAROLDO S/ALIMENTOS" (Expte. 28.437-IV-95) que han sido entregado en préstamo y cuyo plazo de reintegro se encuentra ampliamente vencido, bajo apercibimiento de hacerse efectivas las sanciones previstas por el art. 128 del CPC y acordada 47/73 del STJ. Notifíquese.-
Dr. RICHAR FERNANDO GALLEGO
JUEZ SUBROGANTE
CEDULA DE NOTIFICACION
Dr.ROQUE LA PUSATA
TUCUMAN 661-3° PISO-OFICINA 15/6 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulado "PECHE CLAUDIA C/HERNANDEZ CARLOS HAROLDO S/ALIMENTOS" (Expte. 27.997-IV-99) que se tramitan por ante el Juzgado Civil Tres a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Cuatro a mi cargo, sito en Avda. Roca 1047 de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución que dice: "//neral Roca, 07 de OCTUBRE de 2010.- Intímese... Notifíquese.- Firmado Dr.Richar Gallego. JUEZ SUBROGANTE. Teresa Burgos. Juez.-"
Se acompaña copia simple de la INTIMACION.***********
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
General Roca, 07 de OCTUBRE de 2010.-
//neral Roca, de OCTUBRE de 2001.-
Estando vencido el plazo otorgado y haciendo efectivo el apercibimiento previsto por el art. 128 del CPC y acordada 47/73 del STJ, líbrese MANDAMIENTO DE SECUESTRO contra el Dr. JUAN ELIZONDO. Cúmplase por Secretaría.-
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Poder Judicial de Río Negro