Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 28437IV

N° Receptoría:

Fecha: 2010-10-07

Carátula: PECHE Claudia Patricia C/HERNANDEZ Carlos Haroldo S/ Alimentos

Descripción: intima.devol.exptes.

INFORMO: que los autos de marras se encuentran retirados por el estudio del Dr. La Pusata desde el 08-11-1995.

Secretaría, 07 de OCTUBRE de 2010.=

//neral Roca, 07 de OCTUBRE de 2010.=

Intímese al Dr.Roque La Pusata para que en el primer día hábil posterior al de la presente haga efectiva devolución de los autos caratulados “PECHE CLAUDIA PATRICIA C/HERNANDEZ CARLOS HAROLDO S/ALIMENTOS" (Expte. 28.437-IV-95) que han sido entregado en préstamo y cuyo plazo de reintegro se encuentra ampliamente vencido, bajo apercibimiento de hacerse efectivas las sanciones previstas por el art. 128 del CPC y acordada 47/73 del STJ. Notifíquese.-

Dr. RICHAR FERNANDO GALLEGO

JUEZ SUBROGANTE

CEDULA DE NOTIFICACION

Dr.ROQUE LA PUSATA

TUCUMAN 661-3° PISO-OFICINA 15/6 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulado "PECHE CLAUDIA C/HERNANDEZ CARLOS HAROLDO S/ALIMENTOS" (Expte. 27.997-IV-99) que se tramitan por ante el Juzgado Civil Tres a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Cuatro a mi cargo, sito en Avda. Roca 1047 de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución que dice: "//neral Roca, 07 de OCTUBRE de 2010.- Intímese... Notifíquese.- Firmado Dr.Richar Gallego. JUEZ SUBROGANTE. Teresa Burgos. Juez.-"

Se acompaña copia simple de la INTIMACION.***********

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

General Roca, 07 de OCTUBRE de 2010.-

//neral Roca, de OCTUBRE de 2001.-

Estando vencido el plazo otorgado y haciendo efectivo el apercibimiento previsto por el art. 128 del CPC y acordada 47/73 del STJ, líbrese MANDAMIENTO DE SECUESTRO contra el Dr. JUAN ELIZONDO. Cúmplase por Secretaría.-

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Poder Judicial de Río Negro