Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0776/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2010-10-04

Carátula: LINARES EDITH ADRIANA C/ SANDOVAL VICTOR ALFREDO Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: MONITORIA EJEC. DE SENTENCIA -NUEVO-

Viedma, octubre de 2010.-

AUTOS Y VISTOS: Los caratulados: "LINARES EDITH ADRIANA C/ SANDOVAL VICTOR ALFREDO Y OTROS S/ ORDINARIO" (Expte. n° 0776/2008).

Y CONSIDERANDO:

I.- Que se presenta el Sr. Angel Rodrigo Sandoval por medio de apoderada e incia la ejecución del acuerdo homologado.-

II.- Que se encuentran cumplidos los recaudos de procedencia formal previstos por la ley (conf. art. 499 y 500 inc 1 del CPCC), por lo que corresponde sin más trámite dictar sentencia monitoria (conf. art. 502 C.Pr.).-

En consecuencia, dispónese la subasta judicial del inmueble identificado como N.C. 18-1-A-533-2300, Tº 551, Fº 133, Finca 115.012, ubicado en calle Alvear nº 1320 de Viedma, para lo cual deberá acompañarse, en su oportunidad valuación fiscal actualizada y cumplirse con los demás requisitos legales.-

Por ello;

RESUELVO:

1º) Llevar la ejecución adelante y disponer la subasta judicial del inmueble identificado como N.C. 18-1-A-533-2300, Tº 551, Fº 133, Finca 115.012 de conformidad con lo dispuesto en el considerando II.-

2º) En los términos del art. 505 CPCC hágase saber a las partes que en el plazo de tres (3) días podrán oponerse a esta sentencia deduciendo las excepciones previstas en el art. 506 Cód. cit., bajo apercibimiento de ley.-

3º) Notifíquese con las correspondientes copias para traslado, con las previsiones y recaudos establecidos en el art. 490 del C. Pr. (arts. 120, 141, 339 y 490 Cód. cit.).-

4º) Regístrese y protocolícese la presente.-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

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