Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1022/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-10-04

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ FIERRO PEDRO EUGENIO S/ EJECUTIVO

Descripción: ESTESE

EXPTE. Nº: 1022/2009.-

CARATULA: "CREDIL S.R.L. C/ FIERRO PEDRO EUGENIO S/ EJECUTIVO".-

Viedma, octubre de 2010.-

Agréguese el saldo bancario acompañado.-

Previo a todo, estése a la notificación del demandado de la sentencia dictada en autos.-

Cúmplase con la reposición de sellados y aportes faltantes conforme lo dispuesto a fs. 11 y con la ley 869.-

s.b.s.

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro