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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40340
Fecha: 2010-10-01
Carátula: VERGARA Nestor Rene c/ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA S.A. S/ Ejecución Convenio
Descripción: homologación
General Roca, 01 de octubre de 2010.s-
Atento lo dispuesto por la Ley de Mediación N° 3847, art. 48, homológase con fuerza de sentencia el acuerdo arribado por las partes a fs. 2.- Not.-
Téngase presente los honorarios pactados respecto de a Dra. Marcela Adriana Saitta.-
Regulo los honorarios del Dr. Alfredo Tomé en la suma de $ 1.250.- - (M.B. $ 12.500).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.-
Hágase saber que previo a llevar adelante las medidas ordenadas en autos deberá abonarse el Impuesto de Justicia, Sellado de Actuación y contribuciones varias.-
Acompáñese el bono ley 2897, art. 8°.-
Previo a lo peticionado a fs. 6 cúmplase con lo ordenado precedentemente.-
Se hace saber que a fin de percibir el IVA, deberá acreditar la condición de inscripto.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro