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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0618/2005
Fecha: 2005-12-01
Carátula: GONZALEZ EVA DEL CARMEN C/ MOMBRIANI LEANDRO S/ USUCAPION
Descripción: prov
EXPTE. N° 0618/2005
CARATULA: GONZALEZ EVA DEL CARMEN C/ MOMBRIANI LEANDRO S/ USUCAPION
Viedma, diciembre de 2005.-
Agréguese el informe acompañado.-
Atento el estado de autos, toda vez que la identificación del inmueble que se pretende usucapir según surge del informe de dominio y escrito de demanda, difiere del consignado en el plano acompañado, hágase saber que previo a todo, deberá acompañarse nuevo plano del bien en cuestión con los datos correctos.-
Asimismo y con relación a la concesión provisional del beneficio de litigar sin gastos, debe entenderse por concedido con la promoción del mismo.-
Atento lo solicitado y teniendo en cuenta las características de la documental, hágase lugar a la reserva solicitada con relación a la obrante a fs. 33/86, debiendo previamente la parte acompañar las copias pertinentes para el expediente.-
Con relación a la eximisión de copias, no dándose los supuestos del art. 121 del C.Pr. toda vez que las copias no resultan de dificil reproducción por su extensión y no siendo motivo suficiente la iniciación del beneficio de litigar sin gastos para disponer su eximisión, a la misma no ha lugar. En su oportunidad y si correspondiere le serán requeridas las copias para traslado correspondientes.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro