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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0671/2005
Fecha: 2005-12-01
Carátula: GALIANO MIGUEL C/ OROSCO GUILLERMO PATRICIO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO
EXPTE. Nº: 0671/2005.-
CARATULA: "GALIANO MIGUEL C/ OROSCO GUILLERMO PATRICIO S/ EJECUTIVO".-
Viedma, diciembre de 2.005.-
Atento lo solicitado a fs. 10 y el estado de autos, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, OROSCO GUILLERMO PATRICIO como empleado de Geominera S.A. hasta cubrir la suma de $ 371 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 60 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del Sr. Juez y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a los Dres. Manuel Maza y/o Leandro Sferco a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 371, ($ 120 por honorarios y $ 251 por capital), debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
Tiénese presente la conformidad expresada a fs. 10 por la Caja Forense con el pago efectuado.-
e.z
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro