Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0848/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-09-30

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ TILHUE S.R.L. S/ SUMARISIMO - COBRO DE PESOS

Descripción: información sumaria

EXPTE. Nro. 0848/2010

CARATULA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ TILHUE S.R.L. S/ SUMARISIMO - COBRO DE PESOS

Viedma, septiembre de 2.010.-

Por presentada, parte y por constituído el domicilio. Agréguese la documentación acompañada.-

Por promovida demanda que tramitará según las normas del proceso sumarísimo (art. 486 del Código Procesal Civil y Comercial), contra TILHUE S.R.L..-

A los fines peticionados, líbrense oficios al Registro Público de Comercio de la Provincia de Río Negro, a la Inspectoría de Personas Jurídicas de la Provincia de Río Negro, al Registro Público de Comercio de la Provincia de Neuquén, a la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de Neuquén y al Registro Nacional de Sociedades.-

Con relación a la eximisión de copias, no dándose los supuestos del art. 122 del C.Pr., toda vez que no se trata del expediente administrativo sino de copias del mismo, a la misma no ha lugar.-

Hágase saber a la profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro