Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0815/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-09-30

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ MARINAO DAVID S/ EJECUTIVO

Descripción: PROVIDENCIA INICIAL - previo aclarar

EXPTE. Nº 0815/2010

CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ MARINAO DAVID S/ EJECUTIVO

Viedma, septiembre de 2.010.-

Por presentado, parte y por constituído el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada, resérvese la original en Secretaría.-

Teniendo en cuenta que la denuncia de pago parcial efectuada antes del vencimiento del pagaré cuya ejecución se persigue (fs. 9 vta. pto. IV) se condice con la suma reclamada en autos (fs. 9 pto. II), aclárese al respecto y se proveerá.-

Rosana Calvetti

Juez

En igual fecha procedí a dar cumplimiento con la reserva ordenada precedentemente bajo registro C-228/10. Conste.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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