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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 31104IV
Fecha: 2010-09-30
Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/MEDHI Simon A. y O. S/ Ejecutivo
Descripción: SUBASTA
General Roca, 30 de septiembre de 2010.s-
Del nuevo domicilio constituido, traslado.-
Agréguense las cosntancias acompañadas.-
Procédase a la venta en pública subasta del 20% de la nuda propiedad por la constitución del derecho de usufructo que pesa sobre ellos, porcentaje que le corresponden al demandado Simón Abraham Mehdi sobre los bienes inmuebles embargados en autos, con la base de:
*Quinta 13,Chacra 250 T° 429, Folio 210, Finca 11038 $ 51.000.-
*Lote 1 Chacra 250, T° 429,F° 211, Finca 4068 $ 59.500.-
*Lote A y B Chacra 251, T° 429, Folio 212, Finca 5756 $ 2.500.-
Por intermedio del martillero Walter Vilugron. El martillero designado deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado por cédula de su designación, bajo apercibimiento de remoción, y dar cumplimiento a su cometido, percibiendo el 10% de seña y el 3% de comisión, exigiendo a quien resulte comprador en el acto de la firma del boleto, la constitución de domicilio procesal en el radio de asiente del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se la darán por notificadas automáticamente conforme el art. 133 del C.P.C. y C., debiendo el rematador rendir cuentas dentro del tercer día de realizada la subasta, bajo apercibimiento de multa.
Publíquense edictos por un día, en el Boletín Oficial y dos días en el Diario Río Negro (arts. 563,564, 566, 575 y 576 del C.P.C. y 208 L.C.Q.), debiendo cumplirse con lo dispuesto por el art. 4 de la Resolución General N* 745/99 de la AFIP -identificar el CUIT o Nro. y tipo de documento de todos los sujetos intervinientes.-
Publíquese en el edicto la existencia de reserva de usufructo vitalicio en los bienes inmuebles.-
Líbrese mandamiento de constatación.-
Previo a fijar fecha de subasta deberá citarse al Juez Inhibiente (fs. 249) a cuyo fin líbrese oficio al Juzgado Federal de General Roca, en la causa 14-98.-
Asimismo notifíquese del embargo al demandado.-
Concédese el préstamo solicitado por el término de tres días.-
Hágase saber al martillero que si fracasare el remate por falta de postores, después de media hora de iniciado el mismo, se reducirá la base al setenta y cinco por ciento (75%). si durante la media hora siguiente tampoco hubiere ofertas, se reducirá la base al cincuenta por ciento (50%). Si no obstante faltaren postores dentro de los quince (15) minutos siguientes, se suspenderá la subasta debiendo ordenarse una nueva venta sin base o conla que fije el juez.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro