Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 24854/10

N° Receptoría:

Fecha: 2010-09-28

Carátula: GARCIA, PABLO OMAR C/ BANCO LA PAMPA S/ SUMARIO S/ RECURSO DE REVISION

Descripción: Prov.Inicial-vista Proc.Gral.

///MA,28 de septiembrede 2.010.-

-----Por presentado, parte en el carácter invocado y por constituido domicilio legal. Agréguese la documentación acompañada.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----Atento el carácter excepcional del recurso reglado en el art. 303 bis del actual Código Procesal Civil y Comercial, que prevé estrictas condiciones de procedencia, en cuanto sólo procede para casos extremos de gravedad institucional o ilegalidad manifiesta, cuando no exista otra vía recursiva disponible, y por los específicos motivos allí determinados, previo a todo, pase a dictamen de la Procuración General respecto a la admisibilidad del mismo. (art.11 Ley K Nº 4199).- -----A lo demás, oportunamente.- - - - - - - - - - - - - - - -

Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

EN FECHA de septiembre de 2010 SE CORRE LA VISTA ORDENADA PRECEDENTEMENTE A LA SRA.PROCURADORA GENERAL. CONSTE.-

JORGE R.LENCHOURS

PROSECRETARIO

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Poder Judicial de Río Negro