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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38927
Fecha: 2010-09-28
Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA c/MORALES José Isidro S/ Ejecutivo
Descripción: providencia
General Roca, 28 de setiembre de 2010.-
Téngase presente. Habiéndose cumplido con la notificación de la ampliación para que el ejecutado ejerza las defensas que habiIita el art.541 del C.P.C., no corresponde notificación de la sentencia que recepta la suma objeto de la ampliación. Déjese sin efecto la notificación y plazo para oponer excepciones ordenados a fs.27. Con ese alcance se aclara la cuestión (art.166 inc.2 del C.P.C.).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro