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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39488
Fecha: 2010-09-28
Carátula: CREDIL S.R.L. c/FERNANDEZ Carlos Gustavo Martin S/ Ejecutivo
Descripción: regulación
General Roca, 28 de septiembre de 2010.s-
Proveyendo a fs. 69: De la liquidación practicada, traslado.-
Regulo por acrecidos los honorarios de la Dra. Marcela Adriana Saitta en la suma de $ 120.- .- (M.B. $1.751,70 -extracciones de fs. 33, 42, 60 y 65 y liquidación de fs. 68)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Respecto de los honorarios por complementarios, comprendiendo suficientemente el importe de fs. 8, este concepto, a lo solicitado, no ha lugar.-
Proveyendo a fs. 71: Téngase presente la caución ofrecida y la conformidad prestada por Caja Forense.-
Habiendo retirado el letrado, el saldo de liquidación (fs. 65), previo al cheque solicitado estése a la firmeza de los honorarios regulados y el traslado conferido precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro