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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0200/2009
Fecha: 2010-09-24
Carátula: 0200/2009 S/ MEDIDA CAUTELAR
Descripción: embargo-reserva
EXPTE. N° 0200/2009
CARATULA: 0200/2009 S/ MEDIDA CAUTELAR
Viedma, septiembre de 2010.-
Al escrito de fs. 40:
Atento el estado y constancias de autos, encontrándose vencido el plazo de la inscripción de la cautelar (fs. 35/36) trábese embargo preventivo sobre el inmueble denunciado a fs. 17 vta., siempre y cuando se encuentre inscripto a nombre del sr. Roberto Hugo Gianni, por la suma de $ 80.000 en concepto de capital reclamado, con más la suma de $ 8.000 presupuestada para responder a intereses, costas y costos del juicio. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de Río Negro, tiénese presente las personas autorizadas a diligenciarlo.-
Proveyendo a fs. 41:
De conformidad a lo solicitado y lo dispuesto en el art. 197 del CPCC, resérvense las actuaciones publicándose por número en las listas de despacho diario, pudiendo ser consultadas únicamente por la peticionante.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro