Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15458-218-09

N° Receptoría:

Fecha: 2010-09-24

Carátula: CONSORCIO BARILOCHE CENTER / FORARTIERO MIGUEL Y OTRA S/ EJECUTIVO S/INCIDENTE DE APELACION

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15458-218-09

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

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SAN CARLOS DE BARILOCHE, 24 DE SEPTIEMBRE DE 2010

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “CONSORCIO BARILOCHE CENTER c/ FORARTIERO Miguel y Otra s/ EJECUTIVO s/ INCIDENTE DE APELACION”, expte. nro. 15458-218-2009 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que para mejor proveer es necesario tener a la vista las constancias de los autos principales.-

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) Requerir los autos principales; oficio, confección y diligenciamiento, e impulso de la causa, a cargo de la recurrente.-

2do.) Dejar constancia que el dr. Horacio Osorio no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia; emitiéndose el fallo conforme las disposiciones de los arts. 39 y 46 de la Ley Nº 2430 en lo pertinente.-

3ro.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó

Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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