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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37229
Fecha: 2005-12-01
Carátula: SAINT MARTIN Eduardo y CASTRO Cesar F. S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: INICIO
General Roca, 01 de diciembre de 2.005.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Certifique el Actuario.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sr. JUEZ:
CERTIFICO: Que por ante esta Secretaría a mi cargo, tramitan los autos caratulados: LA REGINENSE COOP. VITIVINICOLA S/CONCURSO PREVENTIVO S/REVISION (CREDITO OSOEFRYN) 35605-III-03, en los cuales a fs. 20, 21 y vta. se encuentran regulados los honorarios del Dr. Saint Martin Eduardo en la suma de $ 150.- y los del Contador Cesar Castro en la suma de $ 250.-debidamente notificados y firmes.-
Secretaría, 01 de diciembre de 2.005.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 01 de diciembre de 2.005.-
Atento la certificación que antecede, líbrese mandamiento de embargo contra lo accionado O.S.O.E.F.R.Y.N. por la suma de $ 400.-en concepto de capital, con mas la suma de $200.- que se calculan para costas.-
Desígnase OFICIAL DE JUSTICIA “AD HOC” al Sr./ra Walter Vilugron quien actuará en tal caracter en la diligencia a realizar, asumiendo las responsabilidades legales inherentes al cargo conferido y quedando entendido que el mismo queda aceptado con su intervención en la diligencia, de la quedeberá levantar acta detallada de lo ocurrido y agregarla en autos dentro del TERCER día, bajo apercibimiento de remoción y sin perjuicio de las demás sanciones que en el caso correspondan. Not.
Al punto III.-Trábese embargo sobre el bien denunciado,m por sumas detalladas precedentemente, a cuyo fin, librese oficio a las entidades bancarias mencionadas a fs. 1 haciendole saber que deberan depositar y o transferir dichas sumas a la cuenta de autos, a la orden del tribunal, en el Banco Patagonia S:A:, sucursal General Roca .-
De ser cuenta sueldo deberá abstenerse de efectivizar la medida.-
Oportunamente notifiquese al demandado.-
Citese de venta al ejecutado O.S.O.E.F.R.Y.N.-por el termino de cinco dias. Not-
Hagase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relacion a terceros, a la publicacion de sus datos personales por internet.(Conf. Acord. 112/03 de STJRN).-
sumas a la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia S.A., Sucursal General Roca.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro