Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32822III

N° Receptoría:

Fecha: 2010-09-24

Carátula: HSBC BANK ARGENTINA S.A. c/MERIÑO Edelmira del C. S/ Ejecutivo

Descripción: REGULACION

//neral Roca, 24 de SEPTIEMBRE de 2010.=

Téngase presente el monto denunciado.

Regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Alejandro David Cataldi en la suma de $ 780.- los del Dr. Eduardo Saint Martin -a partir de fs. 303- en la suma de $ 340.- (M.B. $ 19.862,39.- -retiros efectuados -arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro