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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 24231/10
Fecha: 2010-09-23
Carátula: MARINO, VICENTE PASCUAL S/ MANDAMUS
Descripción: Medida p/Mejor Proveer
Expte.N°24231/10-STJ-
SEÑOR PRESIDENTE:
Previo a emitir mi voto, solicito se interrumpan los plazos para fallar y como medida para mejor proveer, se requiera a la Secretaría de Minería e Hidrocarburos y al Consejo Provincial de Medio Ambiente (CODEMA) informen respecto al cumplimiento al presente de lo ordenado en el punto "Tercero" del Auto Interlocutorio N° 34, dictado en autos de fecha 15 de junio de 2010.
Vocalía, 21 de septiembre de 2010.-
Fdo.:LUIS LUTZ JUEZ
Expte.N°24231/10-STJ-
///MA, 23 de septiembre de 2010.-
Acorde lo solicitado por el señor Juez de Primer voto, interrúmpanse de plazos para fallar y como medida para mejor proveer, requiérase a la Secretaría de Minería e Hidrocarburos y al Consejo Provincial de Medio Ambiente (CODEMA) informen en el término de cinco (5) días respecto al cumplimiento al presente de lo ordenado en el punto "Tercero" del Auto Interlocutorio N° 34, dictado en autos de fecha 15 de junio de 2010, que en su parte pertienente dice:...".Tercero: Ordenar a la Provincia de Río Negro, en especial a la Secretaría de Minería e Hidrocarburos y al Consejo Provincial de Medio Ambiente (CODEMA); y a la Municipalidad de San Antonio Oeste el seguimiento y el contralor de las actividades que se realicen en el marco del mencionado contrato, en orden a preservar el interés público aquí puntualizado,...".-
Notifíquese a los requeridos y a la Fiscalía de Estado de la Provincia.-
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro