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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 23368/08
Fecha: 2010-09-23
Carátula: AGRUPACION DE HOSTERIAS Y HOTELES DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (ORDENANZA MUNICIPAL N°1526-CM-05)
Descripción: agrég.of....
Expte.Nº 23368/08-STJ-
///MA, 23 de septiembre de 2010.-
Agréguese los oficios adjuntados.-
Estése a la respuesta agregada precedemtemente del Ministerio de Turismo de la Nación y la documental adjuntada.-
Agréguese el pliego de posiciones ampliatorio propuesto por la parte actora, hágase saber que el Sr. Intendente de la Municipalidad de Bariloche, deberá absolver posiciones en relación a su actuación personal en cumplimiento de los deberes y atribuciones otorgadas por el art. 25º de la Carta Orgánica de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, en los términos del art. 411, 412, 413 y 414 del CPCyC.-
-----A tal efecto, líbrese oficio adjuntándose pliego interrogatorio.-
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro