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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0856/2010
Fecha: 2010-09-22
Carátula: CARBONE SILVINA ALEJANDRA C/ SINDICATO DE TRABAJADORES VIALES PROVINCIALES DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO
Descripción: Pcia pide sustitucion cautelar. traslado - previo
EXPTE Nº 0856/2010
CARBONE SILVINA ALEJANDRA C/ SINDICATO DE TRABAJADORES VIALES PROVINCIALES DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO
Viedma, septiembre de 2010.-
Por presentada y por constituido el domicilio.-
Teniendo en cuenta las características del caso y la urgencia invocada en el escrito a despacho, del pedido de sustitución de la medida cautelar, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Previo a ello, deberá acreditar personería en el plazo de 72 horas.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro