Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0856/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2010-09-22

Carátula: CARBONE SILVINA ALEJANDRA C/ SINDICATO DE TRABAJADORES VIALES PROVINCIALES DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO

Descripción: Pcia pide sustitucion cautelar. traslado - previo

EXPTE Nº 0856/2010

CARBONE SILVINA ALEJANDRA C/ SINDICATO DE TRABAJADORES VIALES PROVINCIALES DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO

Viedma, septiembre de 2010.-

Por presentada y por constituido el domicilio.-

Teniendo en cuenta las características del caso y la urgencia invocada en el escrito a despacho, del pedido de sustitución de la medida cautelar, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-

Previo a ello, deberá acreditar personería en el plazo de 72 horas.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro