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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0529/2003
Fecha: 2005-11-30
Carátula: BARRIONUEVO MIRTA BEATRIZ C/ VAZQUEZ ALBERTO RUBEN S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA
C E D U L A
Señor: Perito Juan Carlos Leuze
Domicilio: Carbajal 1341 (Const.)
Ciudad: Viedma
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "BARRIONUEVO MIRTA BEATRIZ C/ VAZQUEZ ALBERTO RUBEN S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)", Expte. Nº 0529/2003, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, noviembre 28 de 2.005.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: -.I. Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 11/15 y condenar al sr. Alberto Rubén Vázquez a abonar a la sra. Mirta Beatriz Barrionuevo, en el plazo de 10 días, la suma de $ 4.902, en concepto de daño material e intereses calculados al 30/09/05, con más los intereses posteriores hasta su efectivo pago.- -.II. Imponer las costas a la demandada (art. 68 del C. Pr.) y regular los honorarios profesionales de los Dres. Fernando A. Casadei, Ariel Alice y Raúl Cámpora, en forma conjunta, en la suma de $ 838 (12 % + 40 %), los del Dr. Tomás Armando Rébora, en la suma de $ 618 (9 % + 40 %), los del perito accidentológico sr. Marcelino Luis Di Gregorio en la suma de $ 150 y los del perito chapista sr. Juan Carlos Leuze en la suma de $ 150 (M.B. $ 4.902). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- -.III. Regístrese, protocolícese y notifíquese.- -Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, noviembre de 2.005.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro