Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0977/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2010-09-14

Carátula: NUÑEZ ROBERTO CESARIO S/ CONCURSO PREVENTIVO

Descripción: AGREGUESE Y PROVIDENCIA

EXPTE. Nº 0977/2009

CARATULA: NUÑEZ ROBERTO CESARIO S/ CONCURSO PREVENTIVO

Viedma, septiembre de 2010.-

Agréguese.-

Atento el estado de autos, toda vez que conforme surge del art. 34 de la L.C.Q. las observaciones e impugnaciones de las solicitudes de verificación deben realizarse ante el Sr. Síndico en el término de diez días siguientes al vencimiento del plazo para solicitar la verificación, a las observaciones formuladas por el concursado en esteestado no ha lugar por improcedentes y extemporáneas.-

Rosana Calvetti

Juez

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