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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40230
Fecha: 2010-09-14
Carátula: FUENTES Carlos S/ Sucesión
Descripción: Declaratoria- a RENTAS
//neral Roca, 14 de SEPTIEMBRE de 2010.=
VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "FUENTES CARLOS S/SUCESION" (Expte. Nro. 40.230-III-10).-
CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Carlos Fuentes ocurrido el 08 de marzo de 2006 en General Roca (Río Negro), certificado a fs.2.
El causante se encontraba unido en matrimonio con Nélida Etelvina Rojas, por acto celebrado el 24 de febrero de 1978 en Allen (RN), certificado a fs. 3.-
De dicha unión no nacieron hijos.
A fs. 9 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-
A fs. 14 y 44 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-
A fs. 38/43 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-
Por lo expuesto y dispuesto por el art. 3572 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,
RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de CARLOS FUENTES, le sucede en el carácter de única y universal heredera su esposa NELIDA ETELVINA ROJAS, sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.
NOTIFIQUESE y REGISTRESE.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
//neral Roca, 14 de SEPTIEMBRE de 2010.=
Proveyendo el escrito de fs. 48, agréguese y previo a la regulación de honorarios, de los aportes efectuados, vista a RENTAS.
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro