Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40322

N° Receptoría:

Fecha: 2010-09-13

Carátula: DE LA CANAL Reyna S/ Sucesión

Descripción: Previo

//neral Roca, 13 de setiembre de 2010.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Previo a todo, se hace saber que no ha sido acompañada la documental que menciona a fs. 13 vta., punto V.1. (partida de defunción del cónyuge de la causante).-

Asimismo, existiendo una diferencia en el nombre de la causante "REYNA" y "REINA", según lo que surge de la documental acompañada a fs. 3/6, aclaren los presentantes tal circunstancia.-

Hágase saber a las partes el derecho que le asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (conf. Acord. 112/03 del STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro