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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33875III
Fecha: 2005-11-30
Carátula: TORRES Juan Audilio c/NEYRA Angel A. y otros S/ Ejecutivo (Antes actor: Bco Pampa)
Descripción: se ordena oficio.-
//neral Roca, 30 de Noviembre de 2005.-
Al punto I, téngase presente lo manifestado y aclaración formulada y estése al traslado conferido a fs.264.-
Al punto 2, previo a lo solicitado, líbrese oficio al Banco Patagonia SA sucursal local a fin de que informe el saldo existente en la cuenta judicial de autos.-
Al punto 3, líbrese oficio a la Dirección General de Rentas de esta ciudad a los fines solicitados.-
Al punto 4, agréguese y téngase presente lo manifestado.-
Líbrese oficio al Registro de Juicios Universales del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro a los fines solicitados.-
Al punto 5, atento el estado de autos y en atención a lo manifestado, decrétase la inhibición general de los accionados para verder y/o gravar sus bienes a cuyo efecto y para su toma de razón líbrense oficios a los Registros de la Propiedad Inmueble y del Automotor correspondientes.-
Alléguense a autos los datos filiatorios.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro