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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 31148III
Fecha: 2005-11-30
Carátula: REYES OCARES Mirta y O. c/GUTIERREZ Hugo y O. S/ Sumario
Descripción: a ASESORIA
//neral Roca, 30 de NOVIEMBRE de 2005._
Proveyendo el escrito de fs. 397, agréguese y téngase presente.
Al otro si digo, téngase presente la conformidad de la parte actora con el depósito adjuntado.
Proveyendo el escrito de fs. 401, téngase presente y previo al cheque peticionado, vista a Asesora de Menores.
Atento lo peticionado y el estado de autos, regulo los honorarios de la Dra. GRACIELA MARIA FERNANDEZ por su actuación -a partir de fs. 810- en la suma de $ 1.100.- (M.B. $ 28.971,27 -liquidación aprobada a fs. 809- arts. 6, 6bis, 7 y 40 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro