Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37076

N° Receptoría:

Fecha: 2010-09-07

Carátula: CREDIL S.R.L. c/RIVAS Benjamin Nicolás S/ Ejecutivo

Descripción: providencia

//neral Roca, 07 de setiembre de 2010.-

En atención a lo peticionado y las constancias de fs. 92, intímese a la empleadora a cumplir con el embargo ordenado en autos, en el término de CINCO DIAS todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del CPC el que deberá ser transcripto.- Para su notificación líbrese cédula ley 22172.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro