Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40348

N° Receptoría:

Fecha: 2010-09-06

Carátula: OVIEDO ANALIA GABRIELA S/ Amparo

Descripción: ACTA Y PROVIDENCIA

En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, siendo las 12,10 hs. del dia 03 de setiembre de 2010, comparece ante mi Secretaria Autorizante la Sra. ANALIA GABRIELA OVIEDO, D.N.I. N° 18.002.915, que exhibe en el acto, argentina, casada, docente, con domicilio real en Rodhe 1756, de General Roca, quien manifiesta que viene a presentar recurso de amparo contra IPROSS, en razón que padece otoesclerosis bilateral desde el año 2005 aproximadamente, que tratada por el Dr. Yazlle le diagnostico la enfermedad y la derivo a Buenos Aires para su tratamiento.- Que dicho profesional posee en su Historia Clinica todos los antecedentes del caso.- Que le aconsejaron usar otoamplifono Oticom HIT ITEVC L, en oido izquierdo, que dicho elemento debe ser reemplazado porque el que tiene en uso no se puede calibrar y el recetado es de mejor definición, por ello realizado el tramite ante IPROSS, del cual es asociada obligatoria, en el mes de mayo de 2010, a la fecha no ha obtenido resultado positivo.- Que presentada toda la documentación ante la Delegación General Roca, la misma fue enviada a Viedma y aún no ha obtenido la autorización correspondiente.- Asimismo acompaña certificado de discapacidad que obliga a la Obra Social a cubrir el audifono solicitado.- Que la falta de su provisión, le puede generar perjuicios irreparables en su salud, ya que se trata de una enfermedad complicada que debe ser tratada adecuadamente, caso contrario corre serios riesgo de complicar su sentido de la audicion.- En razón de ello peticiona a merito de lo dispuesto por el art. 43 de la constitucion provincial se ordene a IPROSS a fin de que le provea de manera mas urgente posible.- Manifiesta tambien que trato de comprar dicha elemento y cuesta $ 2.420.- presupuesto de mayo de 2010, por lo que ahora debe ser superior, pero su situación economica no se lo permite.- Acompaña documentación que avala sus dichos.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firma la compareciente por ante mi de lo que doy fe.-

General Roca, 06 de setiembrel de 2010.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Agreguese la documentación acompañada.-

Atento las caracteristicas procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-

En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, requierase a IPROSS, un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS ( 48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantias de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-

En consecuencia librese oficio con adjunción de copia del acta y documentación.-

Notifiquese por cedula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta.- CUMPLASE POR SECRETARIA.-

IPROSS ademas del amplio informe requerido debera responder a los siguientes requerimientos en concreto.

1.- Si la afiliada OVIEDO ANALIA GABRIELA, es afiliado con caracter de obligatorio a dicha obra social, y en su caso si su cobertura esta vigente.-

2.- Si hay antecedentes que padece otoescoliosis diagnosticada por el Dr. Federico Yazlle.-

3.- Que por ello se autorizó la derivación a un centro de atención especializado en la ciudad de Buenos Aires.-

4.- Si hay antecedentes en dicha obra social que ha requerido autorización para la provisión de un otoamplifono OTICON HIT ITEVC L para oido izquierdo.-

5.- Respuesta dada por el organismo a dicho reclamo.-

Asimismo librese oficio al Dr. Federico Yazlle a fin de que informe:

1.- Si atiende a la paciente Analia Gabriela Oviedo, en su caso, diagnóstico y tratamiento programado.-

2.- Causas por las cuales derivo a la paciente a un centro de atencion especializado en la ciudad de Buenos Aires.-

3.- Si tiene conocimiento que se le ha indicado la provisipon de un otoamplifono OTICON HIT ITEVC L para oido izquierdo.-

4.- Consecuencias que pueden derivar de la no provisión de dicho audifono.-

El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

General Roca, 6 de septiembre de 2010.-

A la DELEGACION IPROSS

GENERAL ROCA

Oficio Nro. 1873-J3-10

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "OVIEDO ANALIA GABRIELA S/ Amparo" (Expte. 40348) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que en el término de 48 hs., realize un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista Sra. Analia Gabriela OVIEDO DNI 18.002.915, además deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto: IPROSS ademas del amplio informe requerido deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto: 1.- Si la afiliada OVIEDO ANALIA GABRIELA, es afiliado con caracter de obligatorio a dicha obra social, y en su caso si su cobertura esta vigente.-2.- Si hay antecedentes que padece otoescoliosis diagnosticada por el Dr. Federico Yazlle.-3.- Que por ello se autorizó la derivación a un centro de atención especializado en la ciudad de Buenos Aires.- 4.- Si hay antecedentes en dicha obra social que ha requerido autorización para la provisión de un otoamplifono OTICON HIT ITEVC L para oido izquierdo.- 5.- Respuesta dada por el organismo a dicho reclamo.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 06 de septiembre de 2010.-... líbrese oficio a IPROSS... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 6 de septiembre de 2010.-

Al Dr. FEDERICO YAZLLE

GENERAL ROCA

Oficio Nro. 1874-J3-10

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "OVIEDO ANALIA GABRIELA S/ Amparo" (Expte. 40348) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que INFORME en el término de 48 hs., : 1.- Si atiende a la paciente Analia Gabriela Oviedo DNI 18.002.915, en su caso, diagnóstico y tratamiento programado.- 2.- Causas por las cuales derivo a la paciente a un centro de atencion especializado en la ciudad de Buenos Aires.- 3.- Si tiene conocimiento que se le ha indicado la provisipon de un otoamplifono OTICON HIT ITEVC L para oido izquierdo.- 4.- Consecuencias que pueden derivar de la no provisión de dicho audifono.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 06 de septiembre de 2010.-... líbrese oficio a IPROSS... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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