Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39290

N° Receptoría:

Fecha: 2010-09-03

Carátula: RANIQUEO PAILLAO Adela Guacolda S/ Sucesión

Descripción: providencia

General Roca, 03 de setiembre de 2010.-

Autorízase la venta por medio de escribano publico de los 4/5 del inmueble identificado con D.C. 04-1-C-726-24, delegándose en el mismo la facultad de requerir las condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones actualizadas, libres deudas correspondientes e inhibiciones.-

Asimismo deberá retener en el momento de la escrituración el importe correspondiente a los honorarios regulados a la Dra. Graciela Rosales ($2.410), con más las sumas que se devenguen por intereses hasta la fecha del efectivo depósito.-

Firme el presente proveido, expídase testimonio.

Previo a evaluar la venta total del inmueble notífíquese al condómino Sr. Héctor Fernando Sandoval, a cuyo fin líbrese cédula.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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