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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39290
Fecha: 2010-09-03
Carátula: RANIQUEO PAILLAO Adela Guacolda S/ Sucesión
Descripción: providencia
General Roca, 03 de setiembre de 2010.-
Autorízase la venta por medio de escribano publico de los 4/5 del inmueble identificado con D.C. 04-1-C-726-24, delegándose en el mismo la facultad de requerir las condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones actualizadas, libres deudas correspondientes e inhibiciones.-
Asimismo deberá retener en el momento de la escrituración el importe correspondiente a los honorarios regulados a la Dra. Graciela Rosales ($2.410), con más las sumas que se devenguen por intereses hasta la fecha del efectivo depósito.-
Firme el presente proveido, expídase testimonio.
Previo a evaluar la venta total del inmueble notífíquese al condómino Sr. Héctor Fernando Sandoval, a cuyo fin líbrese cédula.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro